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UN POCO DE INGENIO

"Así como no existen personas pequeñas, ni vidas sin importancia, tampoco existe trabajo insignificante" (Elena Bonnet )



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sábado, 2 de julio de 2011

INDEMNIZACIÓN POR FIN DE CONTRATO TEMPORAL

   La ley establece que en los contratos temporales, salvo los formativos (prácticas y formación) y los de interinidad, el trabajador tiene derecho a una indemnización una vez finalice el contrato.
Veamos ahora las características más importantes de esta indemnización:
Cuantía
·         Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
·         Nueve días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
·         Diez días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
·         Once días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
·         Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.

Que se incluye en el cálculo de la cuantía:
Los salarios fijos: es decir, aquellos que se perciben de forma ordinaria en la nómina p.e. salario base, plus convenio.