La ley establece que en los contratos temporales, salvo los formativos (prácticas y formación) y los de interinidad, el trabajador tiene derecho a una indemnización una vez finalice el contrato.
Veamos ahora las características más importantes de esta indemnización:
Cuantía
· Ocho días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren hasta el 31 de diciembre de 2011.
· Nueve días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2012.
· Diez días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2013.
· Once días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2014.
· Doce días de salario por cada año de servicio para los contratos temporales que se celebren a partir del 1 de enero de 2015.
Que se incluye en el cálculo de la cuantía:
Los salarios fijos: es decir, aquellos que se perciben de forma ordinaria en la nómina p.e. salario base, plus convenio.