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UN POCO DE INGENIO

"Así como no existen personas pequeñas, ni vidas sin importancia, tampoco existe trabajo insignificante" (Elena Bonnet )



martes, 27 de septiembre de 2011

DIFERENCIAS ENTRE SALARIO BRUTO Y NETO


   En esta entrada vamos a repasar algo que puede parecer obvio pero que no todos los trabajadores tienen claro y es un elemento esencial a la hora de negociar la retribución tanto por parte de la empresa como del trabajador: la diferencia entre salario bruto y neto.
SALARIO BRUTO
El salario bruto es la cantidad que percibimos en la nómina antes de aplicar ningún descuento o deducción.
Echad mano de vuestra nómina:
En algunas nóminas no tendrá una denominación concreta pero observareis que es el total del capítulo de devengos.
En otras nóminas si lo denomina como “total devengado”
SALARIO NETO O LÍQUIDO
Neto o líquido es lo mismo pero ¡ojo! que mucha gente tiende a identificar el líquido con el bruto y no con el neto y eso es incorrecto.
El salario neto o líquido es el resultado de aplicar al bruto o total devengado las deducciones de la nómina como son las cotizaciones a la seguridad social y la retención por IRPF.
Es decir y para entendernos, el salario neto o líquido es lo que el trabajador percibe cuando llega fin de mes, la cantidad que le ingresan en el banco y de la que puede disponer en su totalidad.
Si miráis vuestra nómina lo identificareis como “líquido total a percibir” o algo similar.

Ahora que  ya tenemos, espero, clara la diferencia entre ambos salarios vamos a intentar desarrollar los pros y contras de negociar las cantidades salariales en bruto o en neto.
ü  Lo primero que hay que aclarar, es que los salarios que se recogen en los convenios colectivos siempre aparecen en bruto. Nuca en neto o líquido.  Tanto a nivel general, por ejemplo: el trabajador percibirá  900 euros mensuales (será en bruto), como a nivel concreto, por ejemplo: el trabajador percibirá 300 euros mensuales en concepto de plus de actividad (será en bruto).
ü  Lo segundo que quería resaltar son las verdaderas trifulcas que se montan (doy fe de ello porque como asesora lo he vivido en mis carnes), entre los trabajadores de la misma categoría porque uno gana tanto y otro gana distinto siendo el mismo puesto. Al margen de las condiciones personales de vinculación con la empresa (tales como acuerdos personales, incentivos, antigüedad…), muchas veces el error radica en que dos trabajadores pueden ganar lo mismo en bruto pero no en neto. Es decir, que los dos pueden tener un bruto de mil euros en su nómina pero sus deducciones no ser las mismas, porque un contrato sea indefinido o temporal, porque debido a sus circunstancias personales el tipo de retención por IRPF no sea el mismo, etc. Así uno puede tener un neto de 800 y otro de 900 euros teniendo el mismo bruto de 1.000.
Así que mi consejo es que al margen de que como ya he dicho antes me parezca una práctica de patio de colegio, si alguien quiere comparar su nómina con el vecino primero ha de establecer si se está igualando el bruto o el neto.
Bien, ahora veamos los pros y contras de negociar el salario en neto:
En este tipo de acuerdo ganará o perderá el empresario o el trabajador según se den las circunstancias. Veamos un ejemplo:
Un  trabajador pacta  1.000 euros netos mensuales con la empresa. La empresa si acepta este pacto antes tendrá que tener claro que va a tener unos gastos añadidos al neto pactado tales como las cotizaciones del trabajador como las retenciones por IRPF. Supongamos que el asesor les indica que van a tener que pagar además de los 1.000 euros mensuales de nómina, 100 euros de cotizaciones  y  100 euros de IRPF. El empresario por tanto, correrá con un coste de 1.200 euros mensuales por el trabajador (no incluyo los costes sociales empresariales para no liar el ejemplo).
Pero, ¿qué ocurre si el trabajador tiene un hijo, su porcentaje de retención baja y por tanto, se le deduce menos de la nómina y el líquido sube? ¿Qué hará entonces la empresa? Tendría que tener metido un complemento absorbible en los devengos para hacer equilibrios con el neto, y eso a nivel legal es muy discutible. Por otro lado, el trabajador percibiría menos de lo que legalmente le correspondería al haber pactado menos de lo que ahora le sale en la nómina.
Ahora pongamos el ejemplo al revés. Supongamos que se da la misma situación pero debido a un cambio de rumbo fiscal del Estado se elevan los porcentajes de IRPF y si antes al trabajador le correspondía un 8% ahora le corresponde un 12%. Por tanto, al trabajador se le elevarían las deducciones minorando el neto. Pero, ¿y si nosotros tenemos pactado un líquido con la empresa?
Creo que con estos dos ejemplos queda claro que a la empresa no le favorece nada pactar en neto y al trabajador tampoco, porque dos más dos en laboral nunca es cuatro y el contenido de las nóminas nunca es fijo al 100%.
Pasemos a los pros y contras de negociar un salario en bruto:
Esta forma de negociar es la correcta.
Empresa y trabajador pactan un salario bruto que no se va a haber afectado por los cambios en la situación personal del trabajador (que puedan modificar el porcentaje de retención),  ni por el tipo de contrato (que puedan modificar las cotizaciones).
El trabajador tiene que tener en cuenta a la hora de negociar el salario bruto las cantidades que minoraran sus devengos, para tener claro cuánto le va a quedar de líquido. Para saber las minoraciones por cotizaciones sociales os dejo una tablita con los porcentajes, pero os recomiendo que hagáis una visita a la entrada dedicada en exclusiva a estas cotizaciones.

TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS
EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL
Comunes
23,60
4,70
28,30
Horas Extraordinarias Fuerza Mayor
12,00
2,00
14,00
Resto Horas Extraordinarias
23,60
4,70
28,30

(1) Tipo de contingencias comunes (IT) trabajadores mayores de 65 años edad y 35 años cotizados: 1, 75 por 100 (1,46 por 100 -empresa- y 0,29 por 100 -trabajador-).

DESEMPLEO
EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL
Tipo General
5,50
1,55
7,05
Contrato duración determinada Tiempo Completo
6,70
1,60
8,30
Contrato duración determinada Tiempo Parcial
7,70
1,60
9,30


EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL
FOGASA
0,20
0,20


EMPRESA
TRABAJADORES
TOTAL
FORMACIÓN PROFESIONAL
0,60
0,10
0,70


Tened en cuenta que sólo son las cotizaciones que corresponden al trabajador pues las que corresponden a la empresa no se reflejan en la nómina, así como también que las minoraciones por cotizaciones sociales no sólo afectan al bruto de la nómina mensual si no a la prorrata de pagas extraordinarias (os remito a la entrada de pagas extraordinarias).
En cuanto a la retención por IRPF como sabéis dependerá de la situación personal del trabajador así como de las retribuciones pactadas.
Normalmente cuando se pacta el salario en bruto entre trabajador y empresario se hace de forma anual. Es decir, no se pactan 1.500 euros brutos mensuales si no el total anual que va a percibir el trabajador y en este monto incluyo tanto la retribución mensual como las pagas extraordinarias.
Pongamos un ejemplo para no hacernos un lío:
Una empresa ofrece al trabajador 21.000 euros brutos anuales.
Lo primero que tiene que hacer el trabajador es dividir esta cantidad entre catorce mensualidades, quedándole por tanto, una nómina mensual de 1.500 euros brutos más dos pagas extraordinarias (supongamos que el convenio establece dos pagas), de 1.500 euros brutos cada una.
Ahora el trabajador quiere saber cuánto le va a quedar en neto, es decir, cuanto va a percibir en realidad en el banco. Pues cogerá el bruto de su nómina mensual y le añadirá la prorrata de pagas extraordinarias quedando 1.750 euros y tendrá que minorar esta cantidad con las cotizaciones sociales que será un 6,35% (supongamos que todos los conceptos de su nómina cotizan), y con las retenciones de IRPF que será un 10% (cantidad inventada). Por tanto, el trabajador cobrará 1.500 euros menos un 16,35% menos, es decir, 286,13 euros, quedando un líquido de 1.213,87 euros.
Por otro lado, para saber cuánto cobrará en líquido por las pagas extras simplemente tendrá que minorar el bruto de la paga extra con el 10% de IRPF ya que las cotizaciones sociales se han ido restando mes a mes. Por tanto, 1.500 menos el 10 % será de 1.350 euros neto cada paga extra.
Resumiendo el ejemplo:
Un trabajador que pacta con la empresa un bruto anual de 21.000 euros percibirá:
ü  Doce mensualidades de 1.213,86 euros netos.
ü  Dos pagas extras de 1.350 euros netos cada una.
(Este ejemplo lo he hecho simplificando la situación para no liaros más, es decir, considerando que todas las cantidades en nómina cotizan y que las pagas extras son semestrales)

2 comentarios:

  1. Entonces salario bruto es lo que a mi me pagan antes de quitarme nada?? te lo digo porque en muchas subvenciones y ayudas hay que poner el salario en bruto y yo creo que lo estaba haciendo al revés.
    Un saludo

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  2. Efectivamente Diana, salario bruto es la retribución que tú percibes antes de aplicarle descuentos o deducciones. Como bien dices, normalmente a la hora de solicitar ayudas y subvenciones suelen pedir que indiques cuál es tu salario bruto anual. Sin entrar en demasiadas consideraciones te pongo el ejemplo de la declaración de la renta donde nos piden el total devengado antes de minorarlo.
    Me alegro de haber despejado esta duda,
    Un saludo.

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