¡HOY VAMOS A DISECCIONAR UNA NÓMINA!
Da igual como sea el modelo de nómina que nuestra empresa utilice, puede tener los datos arriba o abajo, parecer sencilla o mostrar un aspecto muy confuso pero el contenido siempre ha de ser el mismo.
ESTRUCTURA DE LA NÓMINA
- Identificación
- Devengos
- Deducciones
- Bases
Estos son los elementos que contiene una nómina pero, como ya he dicho el orden no es siempre el mismo en todos los modelos, por lo que es importante aprender a identificarlos de manera independiente a como estén ubicados dentro de la nómina.
Para hacer un primer acercamiento al contenido de la nómina y aunque en posteriores entradas hablemos de forma exhaustiva de cada uno de los conceptos que componen una nómina os voy a comentar de que trata cada apartado de la estructura de la nómina.
La finalidad de este primer contacto con la nómina es que sepamos encuadrar dentro de cada apartado cualquier concepto que se nos pueda ocurrir.
IDENTIFICACIÓN
En este apartado de la nómina se identifica a la empresa y al trabajador. Cualquier dato referente a ambos se indicará en este apartado.
*Más adelante veremos que significa el código de cuenta de cotización de las empresas, el CIF, el número de afiliación de los trabajadores, etc.
DEVENGOS
En este apartado se incluyen todas las cantidades que percibe el trabajador por parte de la empresa en el mes que corresponda. Aquí se incluirán desde las cantidades que se perciben de manera ordinaria por ejemplo: el plus convenio como aquellas que se perciben ocasionalmente como una indemnización.
DEDUCCIONES
En este apartado se incluirá cualquier deducción que minorará las cantidades devengadas en el apartado anterior. Aquí nos encontraremos las aportaciones que el trabajador hace a la seguridad social, al desempleo, las retenciones de IRPF, los anticipos, etc.
BASES
El apartado de bases es quizá el más complejo para alguien no lego en la materia pero es fundamental entenderlo ya que esas cantidades serán la clave para calcular las deducciones y todo tipo de indemnizaciones y prestaciones.
UN POCO DE LEGISLACIÓN AL RESPECTO:
Orden de 27 diciembre de 1.994: por la que se aprueba el modelo oficial del recibo individual de salario aunque en dicha Orden se permite introducir cambios en el modelo siempre que sean modificaciones de tipo formal y no afecten al contenido básico de la nómina (que es la estructura que antes hemos desglosado).
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